Con dos cojones. Si señor, aquí mando yo y ocupan los cargos las personas que me salen del báculo.
Os cuento. Resulta que el amigo Granados fue reelegido a finales octubre presidente de la Junta de Cofradías del Arzobispado en una reunión en la que votaron a favor los representantes de 11 de las 17 cofradías. Una votó en contra, otra se abstuvo y cuatro no asistieron al ‘cónclave’, algo en principio aparentemente legal y, sobretodo, con tintes democráticos.
Pero el honor de aparecer en este espacio no radica en la noticia en sí (la verdad, no estoy muy al día de las conspiraciones orgánicas en la jerarquía eclesiástica....Dios me libre) sino que lo que realmente llama la atención es el comunicado que, a tenor de esta elección, hizo público el Arzobispado en fechas previas a las navidades en el que informaba que "Agustín Granados, presidente electo de la Junta de Cofradías y Hermandades de Toledo no será confirmado en este cargo «por haberse constatado defectos canónicos» en su elección"
Defectos canónicos. Toma ya. Resulta que la intención del amigo de los niños, el aficionado a aterrar desde los púlpitos, el Sr Cañizares en los últimos meses ha sido la sustitución de Granados por alguien más afín a sus planteamientos. De hecho, hasta el último momento intentó que la Junta de Cofradías presentara a una terna de candidatos, tal y como observan las normas, para que de ella el cardenal eligiera a uno. Sin embargo, la falta de aspirantes motivó que la Junta de Cofradías elevara sólo el nombre de Agustín Granados, que contaba además con el respaldo mayoritario de la Junta.
Y esto es lo que me indigna. Para explicarlo permitidme que os ponga un ejemplo llevado a un extremo. Los ejemplos en los extremos constituyen uno de mis escasos recursos pedagógicos: Cuando una Delegación del Gobierno de una determinada Comunidad Autónoma autoriza una concentración o marcha de ultraderecha o no se impide el cierre de un medio o una web de esta ideología, lo que se está haciendo es dar cobertura con el garante constitucional del derecho de manifestación o de libre expresión a un grupo de personas que lo que reivindican en esos actos o impresos es precisamente la ruptura del ordenamiento que los ampara.
Cuando se depositan para su registro los estatutos de una asociación de nueva creación, que previsiblemente utilizará para su funcionamiento fondos públicos canalizados através de subvenciones, uno de los requisitos indispensables que fijan las normas que regulan este tipo de procesos administrativos es la plena constitucionalidad de los mismo y el sometimiento a la ley y la las reglas del juego democrático en la organización y funcionamiento interno de la nueva entidad.
¿No es justo pedir que en el seno de la organización de la Iglesia Católica hayan de plantearse las mismas exigencias? ¿No es justo pedir que si alguien disfruta de una serie de derechos amparados en nuestro Ordenamiento lo haga sin situarse al margen del mismo?
No busquen acritud al publicar precisamente hoy este post. Algunos todos los años conmemoran el cumpleaños de un tal Emanuel robándole el protagonismo al de mi amiga Mariela. Peor lo debe estar pasando el Sr. Granados.
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